La Liga de Béisbol Profesional de la República Dominicana, Inc. (Lidom) se permite hacer las siguientes aclaraciones en relación con la situación creada con la Resolución Contenciosa No. RC-02-22-23 mediante la cual la presidencia de la Liga dispuso la confiscación del juego celebrado en fecha 11 de noviembre del año en curso, en el Estadio Cibao entre los equipos Toros del Este y Águilas Cibaeñas, aclaraciones que versa sobre la cronología de eventos en torno a esa resolución.
A saber:
1. Los Toros del Este elevaron su reclamo en fecha 13 del mes de diciembre en curso después
de tomar conocimiento de la Resolución Contenciosa No. RC-01-22-23.
2. En fecha 14 del mismo mes, la presidencia de la Liga notificó el reclamo de Toros del Este al
equipo Águilas Cibaeñas, otorgándole un plazo de 24 horas para producir un escrito de
respuesta, escrito que fue depositado en fecha 15 de diciembre.
3. En fecha 16 de diciembre, después de haberse convertido en definitiva la Resolución
Contenciosa No. RC-01-22-23 por decisión de la Comisión de Apelación de Lidom, esa misma
presidencia de la Liga decidió favorablemente el reclamo de los Toros del Este, el cual fue
fallado mediante la indicada resolución RC-02-22-23, comunicada de inmediato a todos los
equipos.
4. La presidencia de Lidom no escoge los plazos al momento de conocer de los asuntos
contenciosos de los que sea apoderada, ni puede dar por definitiva y ejecutable ninguna
decisión suya hasta o venza el plazo de apelación o se decida dicho recurso por ante la
Comisión de Apelación.
5. Por el momento, la indicada Resolución Contenciosa No. RC-02-22-23 está suspendida en su
aplicación por un recurso de apelación interpuesto por el equipo Águilas Cibaeñas en esta
misma fecha, que deberá ser conocido y fallado en las próximas horas por la Comisión de
Apelación de Lidom